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Diferencias entre Heredero y Legatario
Cuando vamos a hacer testamento es importante tener en cuenta la diferencia entre instituir a alguien como heredero o como legatario.
El Codigo Civil dice “ Llámase heredero al que sucede e título universal y legatario al que sucede a título particular”
¿Eso que quiere decir?
Heredero: es aquel que al fallecimiento de una persona se coloca en la posición jurídica del causante, subrogándose en todos los derechos y obligaciones de este que no se extingan por su muerte. Por ejemplo con frases como: “instituyo heredero a mis hijos por partes iguales”
Legatario: Es un sucesor a título particular que solo adquiere objetos particulares, por ejemplo: “le dejo mi hijo pequeño el piso de la playa”
Entre una y otro figura existen diferencias esenciales que conviene tener muy presente.
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1º.-El heredero es sucesor a titulo universal, es decir en todos los derechos y obligaciones del causante; el legatario es sucesor a título particular, es decir en cosas o derecho concretos y determinados
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2º.- El heredero responde de las deudas del causante, salvo que acepte la herencia a beneficio de inventario. El legatario, no.
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3º.-El heredero adquiere la posesión de los bienes de la herencia tras la aceptación y particion de la misma. El legatario adquiere automáticamente desde el fallecimiento del causante, sin perjuicio de la facultad de repudiarlo, pero debe pedir su entrega al heredero
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4º.-Consiguientemente el heredero tiene derecho a los frutos de los bienes de la herencia, intereses si se trata de dinero, desde que acepta ésta. El legatario tiene derecho a los frutos e intereses de la cosa legada desde el fallecimiento del causante.
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5º.-El legatario solo puede ser establecido en testamento. El heredero existe en la sucesión con o sin testamento. No obsntante todo lo señalado es la regla general para los legados puros y simples, existen escepciones atendiendo a las distintas clases de legados que iremos viendo en sucesivas entradas